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4 julio, 2018  |  By Juan Carlos Menéndez In Blog

El «plan de urgencia»

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Recientemente, hemos sabido que, con el apoyo del Ministerio de Justicia, el CGPJ ha acordado prorrogar hasta finales del presente año 2018 el «plan de urgencia» adoptado para hacer frente a las demandas de acciones individuales sobre condiciones generales, incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias, cuyo prestatario sea una persona física, consistente en la especialización en esta materia de un Juzgado por provincia.

Los asuntos que se llevan en estos Juzgados se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

Dicho plan de urgencia, que tiene como objetivo “dar una mejor respuesta a este tipo de litigiosidad, ofreciendo soluciones que doten al sistema civil de seguridad jurídica“ (sic), fue aprobado el 25 de mayo de 2017, atribuyendo a los Juzgados especializados competencia exclusiva y no excluyente para conocer la materia.

Pues bien, dicho plan supone, por ejemplo, que en los Juzgados especializados de Madrid se acumulen más de 50.000 procesos, de forma que a fecha de hoy, aún no se han provisto demandas presentadas en el mes de julio de 2017, hace justamente un año.

Bastante más grave es la situación de los Juzgados especializados en fueros como Málaga, Sevilla, Murcia o Cádiz, provincias en las que no es descabellado pensar que los juicios que se celebren sobre estas materias, tendrán lugar más de 3 años después de la presentación de las respectivas demandas.

Esta situación, completamente anómala, y a la que como vemos no ponen remedio ni nuestros representantes políticos, ni el órgano de gobierno de nuestros jueces, únicamente beneficia a las entidades bancarias, entidades que están obteniendo sentencias condenatorias en el 98% de estos juicios celebrados.

Esperemos que se pongan recursos cuanto antes para atajar esta disparidad, porque una Justicia lenta no es Justicia.

 

JUAN CARLOS MENENDEZ MENENDEZ
www.menendezyasociados.com

649 497 360

 

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Artículo publicado por Juan Carlos Menéndez

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